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Materiales trraplen: Tipos de suelos

 

330.3.3 Clasificación de los materiales.


Desde el punto de vista de sus características intrínsecas los materiales se clasificarán en los tipos siguientes (cualquier valor porcentual que se indique, salvo que se especifique lo contrario, se refiere a porcentaje en peso):

 

330.3.3.1 Suelos seleccionados.

 

Se considerarán como tales aquellos que cumplen las siguientes condiciones:


• Contenido en materia orgánica inferior al cero con dos por ciento (MO < 0,2%), según UNE 103204.


• Contenido en sales solubles en agua, incluido el yeso, inferior al cero con dos por ciento (SS < 0,2%), según NLT 114.


• Tamaño máximo no superior a cien milímetros (Dmax ≤ 100 mm).


• Cernido por el tamiz 0,40 UNE menor o igual que el quince por ciento ( # 0,40 ≤ 15%) o que en caso contrario cumpla todas y cada una de las condiciones siguientes:


o Cernido por el tamiz 2 UNE, menor del ochenta por ciento ( # 2 < 80%).
o Cernido por el tamiz 0,40 UNE, menor del setenta y cinco por ciento ( # 0,40 < 75%).
o Cernido por el tamiz 0,080 UNE inferior al veinticinco por ciento (# 0,080 < 25%).
o Límite líquido menor de treinta (LL < 30), según UNE 103103.
o Índice de plasticidad menor de diez (IP < 10), según UNE 103103 y UNE 103104.


330.3.3.2 Suelos adecuados.


Se considerarán como tales los que no pudiendo ser clasificados como suelos seleccionados cumplan las condiciones siguientes:


• Contenido en materia orgánica inferior al uno por ciento (MO < 1%), según UNE 103204.


• Contenido en sales solubles, incluido el yeso, inferior al cero con dos por ciento (SS < 0,2%), según NLT 114.


• Tamaño máximo no superior a cien milímetros (Dmax ≤ 100 mm).
• Cernido por el tamiz 2 UNE, menor del ochenta por ciento ( # 2 < 80%).
• Cernido por el tamiz 0,080 UNE inferior al treinta y cinco por ciento ( # 0,080 < 35%).


• Límite líquido inferior a cuarenta (LL < 40), según UNE 103103.


• Si el límite líquido es superior a treinta (LL > 30) el índice de plasticidad será superior a cuatro (IP > 4), según UNE 103103 y UNE 103104.

 


330.3.3.3 Suelos tolerables.


Se considerarán como tales los que no pudiendo ser clasificados como suelos seleccionados ni adecuados, cumplen las condiciones siguientes:


• Contenido en materia orgánica inferior al dos por ciento (MO < 2%), según UNE 103204.


• Contenido en yeso inferior al cinco por ciento (yeso < 5%), según NLT 115.


• Contenido en otras sales solubles distintas del yeso inferior al uno por ciento (SS < 1%), según NLT 114.


• Límite líquido inferior a sesenta y cinco (LL < 65), según UNE 103103.


• Si el límite líquido es superior a cuarenta (LL > 40) el índice de plasticidad será mayor del setenta y tres por ciento del valor que resulta de restar veinte al límite líquido (IP > 0,73 (LL-20)).


• Asiento en ensayo de colapso inferior al uno por ciento (1%), según NLT 254, para muestra remoldeada según el ensayo Próctor normal UNE 103500, y presión de ensayo de dos décimas de megapascal (0,2 MPa).


• Hinchamiento libre según UNE 103601 inferior al tres por ciento (3%), para muestra remoldeada según el ensayo Próctor normal UNE 103500.


330.3.3.4 Suelos marginales.


Se considerarán como tales los que no pudiendo ser clasificados como suelos seleccionados, ni adecuados, ni tampoco como suelos tolerables, por el incumplimiento de alguna de las condiciones indicadas para éstos, cumplan las siguientes condiciones:


• Contenido en materia orgánica inferior al cinco por ciento (MO < 5%), según UNE 103204.


• Hinchamiento libre según UNE 103601 inferior al cinco por ciento (5%), para muestra remoldeada según el ensayo Próctor normal UNE 103500.


• Si el límite líquido es superior a noventa (LL > 90) el índice de plasticidad será inferior al setenta y tres por ciento del valor que resulta de restar veinte al límite líquido (IP < 0,73 (LL-20)).


330.3.3.5 Suelos inadecuados.


Se considerarán suelos inadecuados:


• Los que no se puedan incluir en las categorías anteriores.


• Las turbas y otros suelos que contengan materiales perecederos u orgánicos tales como tocones, ramas, etc.


• Los que puedan resultar insalubres para las actividades que sobre los mismos se desarrollen.